Qué delitos puede haber cometido Borja Escalona
Recientemente, gracias a la repercusión que alcanzó, todos se hicieron eco del vídeo de Borja Escalona en el que pretendía irse de un local sin pagar la consumición.
Este YouTuber se mueve como pez en el agua creando contenido donde la polémica es el punto de encuentro con sus seguidores. Esta actitud chulesca que en ocasiones sobrepasa la línea de la legalidad ya le ha deparado condenas penales. Por lo que primero haremos un repaso a sus encontronazos con la justicia:
El caso que hasta ahora era el más sonado, nos mostraba al Youtuber maquinilla de cortar el pelo en una mano y cámara en otra, acercándose a diferentes personas a las que decía que les iba a cortar el pelo. Uno de estos muchachos apartó de un manotazo la maquinilla y la rompió. Escalona, totalmente fuera de si, se dedicó a perseguirle profiriendo amenazas si no se la pagaba.
Finalmente arrojó la maquinilla con tan mala fortuna que acabó impactado en la cara de una señora que en esos momentos salía del metro. El resultado fue una condena penal por un delito de lesiones.
En julio de 2022 fue además condenado por un delito leve de amenazas a un tiktoker que aunque en un principio se ofreció a promocionarle, cesó en esta tarea una vez constato la clase de vídeos que subía Escalona. Ganándose así la furia de este y empezando a acosarle con diferentes amenazas.

Posibles consecuencias legales por lo ocurrido en el local de A Tapa do Barril
Llegamos al análisis de la conducta de Escalona de intentar comer, o llevarse algo de la tienda sin pagar a cambio de promoción. Evidentemente son prácticas que consensuadas previamente son totalmente lícitas.
El vídeo donde intenta consumir gratis una empanadilla a cambio de publicitar el local, o en el caso de no aceptar les girará una factura de 2.500 euros, no es un tipo de contenido nuevo para él. En otras ocasiones ha intentado llevarse desde un collar de 20 euros en una tienda de bisutería, o una botella de agua de un supermercado, todo ello bajo los mismos argumentos.
En el famoso vídeo de la empanadilla a pesar del tono chulesco y las formas de dirigirse a la camarera, en ningún momento amenaza directamente. Sabe el lenguaje que debe usar ya que lo está grabando, incluso pide a sus seguidores que no pongan reseñas negativas, pero claramente exponiendo consecuencias adversas para el local y un ánimo claramente intimidatorio.
Esas consecuencias pueden interpretarse como coacciones, pues con el claro objetivo de obtener algo gratis está compeliendo a la otra parte a hacer algo que no quiere y que no ha sido pactado. Teniendo en cuenta la poca entidad de los bienes, en todo caso se podría tipificar esta conducta como un presunto delito de coacciones leves del artículo 172.3 del Código Penal, con una multa a imponer de uno a tres meses.
Acceso a estadios de fútbol sin permiso
Últimamente se le ha visto en vídeos donde asegura haberse colado sin haber abonado la entrada a diferentes estadios de fútbol en días en los que no hay partido en juego.
Varios de estos clubes tras la polémica del local de A Tapa Do Barril, y su intento de consumir gratis, han dicho que tomaran acciones legales contra él por haber accedido a los estadios sin permiso.
Por tanto, se enfrenta a una posible querella basada en el artículo 203 del Código Penal por allanamiento de domicilio de persona jurídica, al que posiblemente deba responder también con el pago de una multa si es encontrado culpable.
Conclusiones
No todo vale a la hora de subir contenido, el horizonte penal al que se enfrenta con sus prácticas no parece haberlo detenido en otras ocasiones. Esta vez ha sido la propia plataforma YouTube la que ha decidido cancelar la cuenta de Escalona por violar los términos del servicio.
Considero que antes de llegar a la vía penal la cancelación de estos canales debe efectuarse antes de que persista y se monetice este tipo de actitudes por parte de algunos creadores de contenido. Efectuando un estrecho control sobre personas que nutran sus canales con este tipo de polémicas.
Aún así el Código Penal debe ser actualizado a los tiempos que corren, para dar una respuesta ejemplarizante en la que no se repitan este tipo de conductas y establecer penas de prohibición de uso del servicio en su vertiente de creador de contenido, con fuertes multas si se saltan esta prohibición durante el periodo impuesto.

