Separación y divorcio
El otro día hablábamos en un artículo de las ventajas de un procedimiento de divorcio de mutuo acuerdo frente a uno contencioso. Hoy vamos a establecer las diferencias entre la separación y divorcio.
Muchas veces en nuestro día a día se usan como sinónimos, pero jurídicamente hablando traen aparejadas unas diferencias que es importante conocer llegado un momento de crisis matrimonial.

Separación de hecho y separación legal
La separación puede ser de hecho o legal. La separación de hecho es una figura que no se encuentra regulada, pero aún así es la única opción para cónyuges que desean separarse y llevan casados menos de 3 meses.
La separación en cualquiera de las dos formas supone el cese efectivo de la convivencia de los cónyuges. Es una herramienta que puede utilizarse para recapacitar sobre la continuidad o no de la relación, dado que en una separación no se rompe el vínculo matrimonial.
Puesto que la separación de hecho no es una medida jurídica no recomendamos acudir a ella. En ella no solo se dejarán de aplicar algunos beneficios que vienen reflejados en la separación legal, además trae aparejadas una serie de consecuencias:
- No pone fin al régimen económico matrimonial. Todo debe reflejarse mediante un pacto entre las partes que en esos momentos tienen un conflicto de intereses.
- Se dificulta poder alegar un desequilibrio económico.
- En caso de fallecimiento de uno de los cónyuges el otro no podrá recibir su parte de la herencia. Al igual que la legal, pero es muy posible que se desconozca.
- Problemas o incluso negación para obtener la pensión de viudedad.
Por lo que si el matrimonio dura más de 3 meses recomendamos acudir a la separación legal, ya que:
- Se podrán regular las consecuencias personales, patrimoniales, y en el caso de tener hijos la relación con estos.
- Efectivamente, pone fin al régimen de gananciales si este existiera.
- Reconocidos sus efectos y medidas por sentencia, o si no hay hijos menores o incapacitados la posibilidad de hacerlo a través de un notario.
En una posterior reconciliación los cónyuges permanecerán en separación de bienes, a no se que decidan cambiarlo para volver a establecer gananciales.
Diferencia entre separación y divorcio
Hasta ahora hemos visto como separación y divorcio tienen muchas similitudes y por eso a pie de calle es común escuchar que una pareja está separada cuando realmente están divorciados. La diferencia entre ambas figuras es importante, puesto que la separación no disuelve el vínculo matrimonial, y por tanto los cónyuges no pueden volver a contraer matrimonio con un tercero.
Las únicas herramientas que permiten romper el vínculo matrimonial y posibilitar que se vuelva a contraer matrimonio es el divorcio o la nulidad matrimonial. De lo contrario podríamos incurrir en un delito penal de bigamia.
Conclusión
Hemos de saber cual es la herramienta a usar a la hora de encarar una crisis de pareja. Siendo importante remarcar que si lo que buscamos es seguridad jurídica lo mejor es acudir a un profesional para que nos oriente sobre las consecuencias, y redacte un convenio regulador con el fin de eludir o minimizar comportamientos contraproducentes una vez terminada la relación.

