Hipoteca inversa

Si se encuentra leyendo este artículo es que ha visto recientemente en la televisión el enésimo intento de las entidades bancarias para dar visibilidad a este producto bancario. A través de espacios contratados en concursos televisivos de éxito hemos visto como estas últimas semanas nos están bombardeando de nuevo con las virtudes de lo que ellos han denominado hipoteca inversa, en una nueva de vuelta de tuerca para hacer llegar al hogar de miles de jubilados un producto bancario, que prometen, les ayudará a tener unos ingresos extras con los que vivir más desahogados.

Como decimos no es la primera vez que lo intentan, y es que podemos catalogar de infructuosos los anteriores intentos, puesto que a pesar de ser un producto de relativo éxito en sitios como Reino Unido, en nuestro país las cifras nos dicen que los anteriores intentos han sido un fracaso, contando con un nivel de contrataciones por año que apenas superaban el centenar.

Pero ¿Qué es una hipoteca inversa?

Es un crédito o préstamo en el que la entidad abonará una renta al cliente que haya cumplido 65 o más años a cambio de que ofrezca su vivienda como garantía. Esta renta puede ser recibida por el cliente mensualmente durante el tiempo acordado en el contrato, modalidad que no tributa IRFP y que además permite seguir disfrutando de la propiedad hasta la fecha en la que se produzca el fallecimiento. Otra manera es estipular en el contrato que esta renta se recibirá mensualmente de forma vitalicia, con costes asociados para el cliente como una menor cantidad o la obligatoriedad por parte de la entidad de contratar con ellos una serie de seguros en caso de que la renta percibida llegue a superar el valor máximo de la hipoteca. Por último, también se ofrece la posibilidad de que la renta sea dispuesta en un único pago dependiendo del valor del inmueble.

Esto es lo que suelen contar las promociones que vemos en televisión, todo ventajas para personas que necesiten un dinero extra, pero es un producto financiero complejo que trae aparejada una serie de ventajas y sobre todo de contras que deben ser evaluadas minuciosamente y caso por caso en caso de que nos planteemos su contratación.

Ventajas:

Seré claro, a mi modo de ver la principal ventaja que presenta este producto es que podemos disfrutar de un ingreso extra y a la vez seguir disfrutando de la vivienda habitual. Siendo un producto ideal para personas que no tengan herederos o no tengan pensado instituir herederos a nadie para que disfrute de sus bienes inmuebles. Aunque como veremos a continuación el dinero extra que nos prometen en televisión no puede ser la cantidad que estemos pensando.

Es posible contratar este tipo de crédito con una vivienda que tengamos en alquiler.

Desventajas:

Las entidades dependiendo de la edad del cliente solo entregan entre un 25% y un 50% del valor de tasación. Por tanto, y tal como indica en su artículo Cincodías, para una persona que posee un inmueble valorado en 150.000 euros, cantidad común de muchas viviendas, y pacta un periodo de 15 años de renta, tan solo recibirá mensualmente una cantidad de 200 euros.

Debido a la superior cantidad de intereses que traen asociados este tipo de préstamos, y que van creciendo con el tiempo, dependiendo de lo estipulado en el contrato y sabiendo que los bancos no dejan escapar ninguna oportunidad, llegará un día en que nuestros herederos deban hacer frente al crédito si tienen pensado conservar la vivienda en propiedad. En caso de no querer o poder hacer frente al crédito, la entidad ejecutará la hipoteca para resarcirse de los débitos vencidos más los intereses. Cantidad que puede superar el valor del inmueble, por lo que para satisfacer la deuda la entidad bancaria podrá disponer de los otros bienes afectos a la herencia, por lo que no solo asumirán la propiedad del inmueble, sino de parte o de toda la herencia.

Conclusiones:

Se trata de un producto muy complejo que se presenta a los potenciales clientes como una manera de obtener ingresos extra, pero estos solo serían notables en caso de que nuestro inmueble tuviera un valor de tasación muy elevado, y además acotáramos en el tiempo la renta que vamos a recibir, porque de lo contrario los intereses harían crecer cada vez más la deuda.

Los bancos han pensado este tipo de productos para sacarle en todos los casos beneficio, desde la recuperación del bien y de la deuda generada con la suma de los intereses.  Desde JGL Abogados, despacho situado en Ciudad Real recomendamos que siempre se cuente con un asesoramiento a la hora de contratar productos bancarios, o para analizar el ya contratado, puesto que si incluye cláusulas abusivas estas en tu derecho de reclamar, ya seas el prestatario del crédito o uno de los herederos.

En JGL Abogados le podemos asesorar si está pensando en contratar una hipoteca inversa o hacer una reclamación.

Solicítenos información sin compromiso.